La actualización profesional considera todas las actividades académicas de carácter profesionalizante y disciplinar, está constituido por el conjunto de saberes o conocimientos que se desarrollan durante las etapas de formación expuestas en programa de formación que exigen procesos de enseñanza-aprendizaje.
Es la persona moral, organización o institución pública o privada, unidad administrativa de alguna dependencia, entidad o su similar en los niveles de gobierno federal, estatal o municipal, autorizada por el Consejo Nacional de Evaluación y Certificación de la Secretaría de Educación Pública
Se realiza con base en la actualización Profesional y a petición de los Colegios de Profesionistas
Las Certificaciones pueden llevarse a cabo en el estándar de competencias laborales emitidos por el Consejo Nacional de Normalización a solicitud del interesado
Los comités se conforman por áreas de capacitación y la convocatoria para la postulación de expertos de cada comité está abierta permanentemente, debiendo ser propuestos por las Instituciones y asociaciones debidamente avaladas por las entidades gubernamentales de sus estados.
Cada solicitante para la Certificación Profesional por Actualización deberá reunir un mínimo de 40 puntos por año.
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